Seguro de Responsabilidad Civil en Zaragoza
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Seguro de RC en Zaragoza, ¿le llamamos nosotros?
Responsabilidad civil (Código civil artº 1902)
El que por acción u omisión cause daños a otro, interviniendo culpa o negligencia esta obligado a reparar el daño causado.
¿Para qué un seguro de Responsabilidad Civil ?
Gracias a este tipo de seguro, el asegurador asume el pago de las indemnizaciones que puedan producirse por reclamaciones que realice un tercero por la responsabilidad en la que haya incurrido el asegurado, o personas de las que deba responder civilmente. Con este seguro se traslada el pago de indemnizaciones a la compañía aseguradora.



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Con un seguro de responsabilidad civil, se traslada la obligación de indemnizar a terceras personas que hayan sufrido daños personales y/o materiales, así como perjuicios consecutivos que puedan derivarse de éstos, causados involuntariamente durante el período del seguro, a consecuencia de la actividad del asegurado
Coberturas RC General
La cobertura básica es la RC Explotación, cubre los daños directos causados a terceros en el ejercicio de la actividad asegurada. La cobertura ampara reclamaciones tanto por daños materiales como por daños personales.
RC Subsidiaria: Esta cobertura cubre reclamaciones por daños causados por empresas subcontratadas, contratadas por usted en el ejercicio de la actividad asegurada. Como el nombre de la cobertura indica, es subsidiaria, es decir que un juez ha de declararle responsable subsidiario por sentencia firme y el causante ha de ser insolvente.
RC Patronal: Esta cobertura cubre reclamaciones de los propios empleados contra el asegurado, por accidente laboral. (Ojo, que no es lo mismo que el seguro de convenio)
RC Cruzada: Esta cobertura cubre reclamaciones de empleados de contratistas o empresas subcontratadas por accidente laboral de sus empleados, en el ejercicio de la actividad asegurada y desarrollada para el asegurado.
RC Pos-trabajos: Esta cobertura cubre reclamaciones por los posibles daños que surjan una vez esta el trabajo acabado. Es decir, son daños que no salen en el momento de la realización de la instalación/obra, aparecen a posteriori como consecuencia de los trabajos realizados.
RC Locativa: Esta cobertura cubre daños causados en los locales alquilados que utiliza para la actividad. La cobertura ampara generalmente daños por incendio, explosión y daños por agua.
RC Inmobiliaria: Esta cobertura ampara reclamaciones por daños causados a terceros y debidos a la propiedad del local/inmueble que utiliza en la actividad asegurada
Las pólizas de RC Profesional cubren reclamaciones por daños patrimoniales primarios, reclamados al asegurado, por errores profesionales causados en la actividad profesional asegurada.
Estos seguros son del tipo “claims made” es decir que la compañía cubre las reclamaciones, recibidas por primera vez durante la vigencia de la póliza, independientemente de cuando se produjo el hecho causante de la reclamación. Esto hace que se contraten las pólizas con periodo de retroactividad que define el periodo anterior a la emisión de la póliza cuyas reclamaciones serian aceptadas.
Las coberturas RC Profesional
Responsabilidad civil profesional: Cubre la responsabilidad civil del Asegurado por razón de:
• Negligencia
• Actos Profesionales Incorrectos del Asegurado únicamente en el desempeño de su Actividad Profesional
Principales Coberturas:
• Daños Patrimoniales Primarios
• Gastos de Defensa
• Pérdida de documentos
Coberturas adicionales:
• Intromisión ilegítima en el derecho del honor o intimidad de un tercero
• Inhabilitación profesional
• Deshonestidad de empleados
• Protección de datos para sanciones leves
• Liberación de gastos
• Gastos de defensa para reclamaciones derivadas del incumplimiento o uso no autorizado de marcas registradas, copyright